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Home»Nacionales»Empresario Gómez Díaz pierde demanda millonaria

Empresario Gómez Díaz pierde demanda millonaria

Nacionales 21 de julio de 2026
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Santo Domingo.-El señor Juan Ramón Gómez Díaz  a través de sus empresas Grupo Telemicro. Aster y la telefónica Viva, recibió un golpe jurídico contunde por parte de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del
Departamento Judicial de Santo Domingo, al recharzarle un recurso de apelación a la sentencia núm. 1289-2024-SSENT-00187, que lo condenó al pago de USD$30,060,145.08 y RD$11,344,441.94
por concepto de arrendamiento no honrado.

Mediante la sentencia núm. 1500-2026-SSEN-00249, del 6 de julio de 2026, el tribunal dio ganancia de causa a las sociedades comerciales Phoenix Tower Dominicana, S.A.S (PTD) y Teletorres del Caribe, por la “Demanda en Cobro de Pesos y Validez de Embargo Retentivo”, confirmando la sentencia núm. 1289-2024-SSENT-00187, del 27 de noviembre de 2024, dictada por la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo.

El tribunal también condenó a Telemicro, Aster y Viva al pago de las costas del procedimiento, “disponiendo su distracción a favor y provecho de los LICDOS. JOSÉ ALFREDO RIZEK VIDAL y MANUEL ALEJANDRO HERRERA GARCÍA, y el DR. LUIS GUILLERMO FERNÁNDEZ BUDAJIR, abogados que afirman haberlas avanzado en su totalidad”.

SENTENCIA DEFINITIVA VER AQUI

La sentencia la firmaron digitalmente en fecha seis 06 del mes de julio del año 2026, “por los magistrados JORGE U. REYES JAQUEZ,
juez miembro en funciones de presidente de sala, KATIA GÓMEZ GERMÁN y EVELYN
VALDEZ MARTÍNEZ, Juezas Miembros, y el infrascrito secretario JOEL GUZMAN
HERRERA”.

Además de las facturas vencidas, validadas y no pagadas, Telemicro (Corporación de Televisión y Microondas Rafa S.A), deberá pagar el “uno punto cinco por ciento (1.5%) de interés mensual sobre dichas sumas, a título de interés judicial indemnizatorio a partir de la fecha de la demanda y hasta la ejecución definitiva de la presente decisión; todo conforme a los motivos expuestos más arriba”.

El embargo validado por la sentencia núm. 1289-2024-SSENT-00187  de la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo y ratificado por la sentencia núm.1500-2026-SSEN-00249, del 6 de julio de 2026 de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del
Departamento Judicial de Santo Domingo, es a favor de Phoenix Tower Dominicana, S.A.S. y Teletorres del Caribe, S.A.S. por los USD$30,060,145.08 y RD$11,344,441.94
adeudos.

A fondos depositados en el Banco BHD, S.A., Banco Múltiple, Banco de Reservas de la República Dominicana, Bank of Nova Scotia
(Scotiabank), Banco Popular Dominicano, Banco Caribe, Banco Vimenca, S.A., Banco BDI, S.A., Banco López de Haro de Desarrollo y Crédito, S.A., Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, Banco Santa Cruz, Banco Central de la República Dominicana, Banesco, S.A., Banco Múltiple, Banco Promérica, Claro Dominicana, Altice Dominicana,
Onemax Dominicana y Wind Telecom.

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